El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó en enero de 2018 a España por no proteger la privacidad de cinco cajeras de un supermercado que fueron despedidas tras ser grabadas por una cámara oculta, cuya existencia desconocían, mientras robaban productos. Según la sentencia, los tribunales españoles «no alcanzaron un equilibrio justo entre los derechos en juego»: el de la privacidad de las demandantes (recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) y el del derecho a la propiedad del empleador. La instalación de cámaras se debe informar Sobre la instalación de cámaras secretas para controlar a los empleados, el fallo recuerda que no se cumplió la Ley de protección de datos personales, que incluye «la obligación de informar previa, explícita, precisa e inequívocamente» a los empleados.