En junio de 2023 el Tribunal Supremo declaró nulo de pleno derecho el artículo del Reglamento de la Ley de Extranjería que establecía como causa de extinción de la autorización de residencia temporal en España de ciudadanos extranjeros la permanencia fuera de España durante más de seis meses en el periodo de un año.
Dicha sentencia entró en vigor, el 4 de marzo de 2024 (fecha de publicación en el BOE) por lo que ha sido anulado el artículo 162.2 e) del RD 557/2011 argumentándose por el alto Tribunal que está viciado de nulidad al limitarse el derecho fundamental de libre circulación de los ciudadanos extranjeros con residencia temporal en España, lo que sólo puede hacerse por una norma con rango de ley, pero no por una norma reglamentaria como en este caso.
Pueden acceder a la sentencia en el siguiente enlace: https://www.poderjudicial.es/search/openDocument/fec361623aa88f6aa0a8778d75e36f0d