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El empresario dedicado a los alojamientos turísticos pidió al propietario la reducción del alquiler debido a la crítica situación económica que padece por el cierre de la hostelería. La magistrada del juzgado número 20 de Barcelona, razona que, en vista de la situación de los hosteleros, cuyos ingresos se han visto reducidos, el precio del alquiler resulta inadmisible.

Por lo anterior la jueza estima el recurso y declara que se ha producido una “alteración imprevisible de las circunstancias que sirvieron de base para la formación de la voluntad negocial y que dicha alteración genera un desequilibrio de las prestaciones a cargo de la actora”. 

Es por ello que el fallo condena al arrendador a rebajar la renta más gastos. Y lo hace con carácter retroactivo desde abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. 

La sentencia la pueden encontrar en el siguiente link:

diariolaley

 

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