Cuestiones generales que debes conocer sobre el Derecho de Extranjería
Dada la complejidad del Derecho de Extranjería y las múltiples normas que regulan los derechos de los extranjeros en España, es imprescindible contar con asesoría legal y defensa jurídica de abogados especialistas en la materia para la obtención de un resultado satisfactorio.
Nuestro despacho cuenta con años de experiencia en materia de Extranjería.
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¿QUÉ ES EL DERECHO DE EXTRANJERÍA?
El Derecho de Extranjería es el derecho a la libre circulación y residencia de los ciudadanos que el ordenamiento jurídico internacional subordina su ejercicio al hecho de que la persona, sea cual sea su nacionalidad, nacional o extranjero, se halle legalmente en el territorio de un Estado.
Por otra parte, los extranjeros en España pueden clasificarse en 2 grandes grupos, sujetos a regímenes diferentes y por tanto se les aplica normas diferentes:
- Extranjeros extracomunitarios que están sujetos al RÉGIMEN GENERAL
- Extranjeros comunitarios que están sujetos al RÉGIMEN COMUNITARIO
LEGISLACIÓN APLICABLE AL REGIMEN GENERAL Y AL COMUNITARIO
RÉGIMEN GENERAL
El régimen general de Extranjería se encuentra regulado por la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011.
Se les aplica el régimen general a los extranjeros extracomunitarios, que carezcan de la nacionalidad española y sean nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o Suiza.
En el siguiente enlace podrás encontrar la Ley 4/2000:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-544
Podrás acceder al Real Decreto 557/2011 en el próximo enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703
El 15 de agosto de 2022 ha entrado en vigor la reforma del Reglamento de Extranjería para agilizar los trámites e incorporar trabajadores al mercado laboral.
Puedes acceder al Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, en el siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-12504
RÉGIMEN COMUNITARIO
El régimen comunitario está regulado en el Real Decreto 240/2007, es aplicable a los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no tenga la nacionalidad de estos países.
Puedes acceder al Real Decreto 240/2007 a través del siguiente enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4184
En el siguiente listado encontrarás todas las hojas informativas sobre autorizaciones de extranjería, en las que se detallan los requisitos y condiciones para obtener una autorización, trámites, documentación que se requiere, plazos, lugares de presentación, tasas, etc.
EN EL LISTADO QUE TE MOSTRAMOS A CONTINUACIÓN ENCONTRARÁS LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia*, Italia, Letonia, Liechtenstein*, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega*, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza**
* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.
** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.
FORMULARIOS DE EXTRANJERÍA en el siguiente enlace:
https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/
LISTADO DE TASAS DE EXTRANJERÍA en el siguiente enlace:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/index/categoria/33